dilluns, 12 de desembre del 2011

Quita y espera (publicat a Expansión el 5 de desembre per Eliseu Santandreu )


Cuando un cliente que ha sido excelente durante muchos años, deja de pagar a un proveedor, éste puede optar, para cobrar sus derechos por: a) Seguir suministrándole lo cual equivale a inflar más la deuda,  b) Exigir más garantías adicionales c) Cerrar el suministro, emprendiendo las acciones judiciales que convengan con el fin de recuperar la deuda y d) Negociar una quita y espera.

Generalmente, ese mismo deudor suele estar endeudado también con la Seguridad Social, con la Hacienda Pública y con otros acreedores que, puedan tener prioridad de cobro, por lo que, las posibilidades de cobro de un proveedor “normal” dependerá del lugar que ocupe en el nivel de prioridad. Es entonces cuando sale a la luz la realidad: la deuda total impagada es enorme y el deudor no cuenta ni con liquidez, ni con capacidad futura de generar suficientes ingresos para hacer frente a la misma.

En última instancia, el acreedor puede acudir a la Justicia. Pero, esa alternativa suele ser cara y costosa. Si no se dispone de un crédito preferencial, en el mejor de los casos solo llegará a cobrar un pequeño porcentaje de las migajas que puedan quedar, tras esperar años y, por supuesto sin percibir intereses por demora. Si el juez le da la potestad de embargar bienes del deudor, es muy probable que no haya activo alguno para resarcirse de la misma.  


Una posibilidad que la experiencia ha demostrado su eficacia, cuando la situación resulta ya muy complicada consiste en recurrir a una “quita y espera” es decir, condonar un porcentaje de la deuda y, establecer unos pagos para liquidar lo no condonado, a largo plazo, generalmente a varios años.

Esta práctica habitual es la que también se está adoptando en Europa cuando un país no puede hacer frente a sus acreedores, que pueden ser otros países, bancos, fondos de inversión, etc. cuando su enorme deuda nunca podrá devolverla. Es el reciente caso de Grecia que ha conseguido que los bancos acreedores, acepten una quita del 50% de su enorme deuda aliviando el endeudamiento en unos 100.000 millones de euros.

Pero en ambos casos esos procesos no resultan sencillos ni cómodos para las partes. El acreedor deberá renunciar a una parte de lo que le deben y el deudor deberá aceptar, en contrapartida, la intervención de unos gestores que, en el caso empresarial serán interventores judiciales o impuestos por el acreedor y, de tratarse de un país deberá aceptar la intervención de una delegación –troika-, integrada por representantes de la Comisión Europea, el Banco Central Europeo (BCE) y el FMI, que realice un sistema de supervisión permanente. En definitiva, aunque la quita y espera pueda resultar una solución cómoda para el deudor, deberá pagar el precio de renunciar a su independencia financiera, de gestión y, sobre todo, aceptar que le serán impuestas unas durísimas reglas durante muchos años.

Cuando un deudor, sea quien sea, no puede hacer frente a sus obligaciones es señal inequívoca de que el acreedor se equivocó al concederle demasiado crédito. Ese es el precio que deberá pagar el acreedor.